domingo, 1 de noviembre de 2015

REGLAMENTOS QUE TIENEN QUE VER CON EL TURISMO EN EIVISSA

Dentro de las competencias municipales, según la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local “El Municipio ejercerá en todo caso, como competencias propias,…) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local. (Art 25.2.h.Ley de Bases).

Dentro del organigrama del Ayuntamiento de Eivissa nos encontramos áreas y concejalías que se dedican a aspectos que de forma directa o indirecta afectan al sector turístico y a los turistas. 


  • Área de Territorio y Sostenibilidad.
Materias: Urbanismo; Patrimonio; Medio Ambiente; Playas; Movilidad y Transporte Urbano; entre otras.

  • Área de Bienestar Social y Servicios a las Personas.
Materias: Cultura; Fiestas, Comercio; Turismo; entre otras.

Reseñable es el hecho de comprobar que competencias como medio ambiente, playas, patrimonio o urbanismo no se encuentren encuadradas con turismo.


El desarrollo de estas materias se regula en Planes y ordenanzas municipales:
  • Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Ibiza. PGOU



Benjamín Mellado

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