Dentro de las competencias municipales, según la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local “El Municipio ejercerá en
todo caso, como competencias propias,…) Información y promoción de la
actividad turística de interés y ámbito local. (Art 25.2.h.Ley de Bases).
Dentro del organigrama del Ayuntamiento de Eivissa nos encontramos
áreas y concejalías que se dedican a aspectos que de forma directa o indirecta
afectan al sector turístico y a los turistas.
- Área de Territorio y Sostenibilidad.
Materias: Urbanismo; Patrimonio; Medio Ambiente; Playas; Movilidad
y Transporte Urbano; entre otras.
- Área de Bienestar Social y Servicios a las Personas.
Materias: Cultura; Fiestas, Comercio; Turismo; entre otras.
Reseñable es el hecho de comprobar que competencias como medio
ambiente, playas, patrimonio o urbanismo no se encuentren encuadradas con
turismo.
El
desarrollo de estas materias se regula en Planes y ordenanzas municipales:
- Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Ibiza. PGOU
- Aprobación definitiva de la ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de las playas ypuntos de baño del municipio de Eivissa .
Benjamín Mellado
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